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miércoles, 12 de febrero de 2014

Delincuencia juvenil

 Delincuencia es un concepto que procede del latín delinquentĭa y que permite nombrar a la acción de delinquir o la cualidad de delincuente. Delinquir es cometer un delito; es decir, violar la ley. El concepto de delincuencia, por lo tanto, hace referencia al conjunto de los delitos o a las personas que quebrantan la ley.
Juvenil, por su parte, es aquello perteneciente o relativo a la juventud. El término señala la edad
 situada entre la infancia y la adultez, un periodo que va de los 15 a los 25 años de acuerdo a 
la Organización de las Naciones Unidas (ONU).


La delincuencia juvenil es un problema social de mucha importancia. Los jóvenes representan el futuro de un país: si se vuelcan a la delincuencia desde temprana edad, resulta muy difícil reincorporarlos al sistema. Además los jóvenes delincuentes suelen quedar fuera de la educación y de la contención habitual para las personas de la edad.
En el caso de los menores de edad, la mayoría de las legislaciones impide los castigos penales y cuenta con centros juveniles o institutos que apuntan a la resocialización a través de la educación.
Esta imposibilidad legal de castigo hace que muchos delincuentes juveniles sean utilizados por adultos, ya que son concientes que un menor no puede ir preso. Por eso los delitos cometidos por jóvenes suelen ser fruto de un intenso debate que busca definir cómo ayudar a estos jóvenes y, a su vez, cómo evitar que haya más víctimas de su accionar delictivo
Apuntábamos que el término delincuencia juvenil no tiene
el mismo significado para todos los criminólogos.  Difieren básicamente en dos
puntos
 El primero en determinar la edad a partir de la cual se puede hablar de
delincuente juvenil y
 El segundo, que radica en determinar cuáles deben ser las conductas que dan
lugar a calificar a un joven como delincuente.
Por cuanto hace a la edad en que podemos referirnos a la delincuencia juvenil,
participamos del criterio de estimar como tales a los que cuentan con más de 14
años de edad.El menor infractor lo podrá ser hasta los 14 años de edad, a partir de este límite,
deberá ser considerado como delincuente juvenil con los grados de
responsabilidad ya apuntados, los que desde luego no tienen pretensión de
definitividad, pues dependerá de los estudios que en lo futuro se realicen y que
permitan conocer los fenómenos físicos y psíquicos del adolescente que puedan
obligar a variar los límites de edad ya señalados, los que están apoyados en los
estudios más aceptados hasta la fecha.



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